SG-SST
Diferentes preguntas se han generado entorno a quien puede diseñar e implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Para resolver esta duda debemos revisar las diferentes consideraciones establecidas en cada país. En Colombia por ejemplo, habría que consultarlo en la resolución 4502 de 2012 sobre las licencias de salud ocupacional. De esta manera podemos tener un poco más de claridad y conocer cómo determinar quién puede o debe diseñar e implantar un SG-SST.
¿Quién puede diseñar e implementar el SG-SST?
Antes de responder a esta pregunta es necesario resolver la inquietud sobre el curso de 50 horas que ha estipulado el Ministerio de Trabajo de Colombia, en el que se determina que las empresas deben contar con este curso.
¿Por qué es necesario tomar el curso virtual de las 50 horas?
Porque permite que las organizaciones con menos de 5 trabajadores puedan formase en todo lo referente a la seguridad y salud en el trabajo. Además ofrecen continuidad al proceso de gestión del sistema. De esta forma estarían cumpliendo con el cuidado y seguridad y salud de sus empleados.
La persona que está siendo formada por el curso no estaría certificada, es decir, no cuenta con la licencia en salud ocupacional para diseñar e implementar el SG-SST en otras empresas. Para esto exigen profesionales competentes quienes puedan realizar esta labor gracias a sus campos de acción.
¿Cuáles son los Campos de Acción?
Los campos de acción en el SG-SST son definidos para los diferentes niveles educativos, todo esto se resumen en la siguiente tabla:
¿Cuáles son las excepciones?
Las excepciones son:
- Las personas que sean contratadas o vinculadas para liderar una organización el SG-SST o formen parte del equipo idóneo y responsable de dicho programa.
- Las personas que ejerzan la docencia en los programas de formación académica en cualquier modalidad ofertados por instituciones de educación superior debidamente aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional.
¿Qué podemos definir?
Todos los campos de acción descritos antes son obligatorios para la prestación de servicios en SG-SST a terceros, pero se deja claro que las personas naturales contratadas de forma directa por el jefe deberán demostrar la experiencia y su idoneidad en el área, lo cual a su vez les permite ejecutar el SG-SST quedando bajo autonomía administrativa de la organización la decisión de su contratación o no.
No obstante es importante tener precaución en el tipo de actividades que se contratan y mediante quien, considerando que solo los especialistas y los profesionales en SST están expresamente autorizados para el diseño del sistema. Puede contratar profesionales o empresas externalizadas según el proceso de diseño e implementación del SG-SST en su empresa.